El régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), es el seguro básico (parte del pilar 1) que otorga pensiones por vejez y por invalidez del asegurado y a los sobrevivientes del asegurado fallecido; es administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). El IVM se financia de manera tripartita: el patrono aporta un 5.25%, los trabajadores un 4% y el Estado 1.41%. Es obligatorio para los trabajadores asalariados de los sectores público y privado así como para los trabajadores independientes.
El Régimen de Pensión Complementaria (pilar 2) es un fondo de capitalización individual que se creó en el año 2000 para complementar los beneficios del régimen básico(IVM o regímenes públicos sustitutos) al que pertenezca el afiliado; dependiente o asalariado.Se forma con los aportes equivalentes al 4,25% del salario reportado en las planillas de la CCSS. De este porcentaje un 1%, es aportado por el trabajador y el resto por el patrono.
El Régimen Voluntario de Pensión Complementaria (pilar 3) es un fondo que complementará la pensión a recibir del Régimen Básico al que pertenezca el trabajador (Invalidez, Vejez y Muerte o Régimen sustituto) y del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias o bien para crear sus propios recursos para una pensión. La Ley de Protección al Trabajador (Art. 15) permite que cualquier persona, ya sea que trabaje en su propio negocio o sea empleado de algún patrono, o inclusive cualquier persona no afiliada al ROPC, puede afiliarse al Régimen Voluntario.
El Régimen No Contributivo (pilar 4) es administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Este es un régimen asistencial, orientado proteger a todas aquellas personas que se encuentran en necesidad de amparo económico inmediato y no califican en alguno de los regímenes contributivos o no contributivos existentes.
El FCL es un ahorro laboral creado por la Ley de Protección al Trabajador y administrado por las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC) del cual puede disponer de quedarse sin empleo o al cumplir cinco años de relación continua con un mismo patrono. Se financia con el dinero que aporta el patrono a favor de los trabajadores, el cual es del 1.5% del salario del trabajador reportado a la CCSS.